Todo conflicto de familia lastima las fibras más intimas del individuo, pues indistintamente de si usted es la madre o el padre, las sensaciones de incertidumbre, incomodidad y preocupación que le pueden acaparar cuando surgen conflictos de pareja existiendo hijos de por medio, se convierten en un gran problema. Todo el cuadro familiar se distorsiona, las partes adoptan posiciones muchas veces radicales surgiendo así la gran interrogante: ¿mis hijos como quedan en todo esto?
La realidad es que los muchachos muchas veces quedan inmersos en una tormenta de situaciones que en ocasiones los padres, cuando sobreviene una separación les resulta complejo definir, como, por ejemplo:
¿Con quién vivirán mis hijos?
Si nos separamos… ¿Cómo y cuándo podré verlos?
¿Quién asumirá la manutención?
El escenario ideal
En algunos casos los padres tienen la capacidad de separar los conflictos de pareja y lograr consensos, logrando definir por medio de un acuerdo de voluntades cómo cumplirán con sus responsabilidades frente a los múltiples aspectos de la vida de sus hijos. Este es el escenario ideal, pues son precisamente ellos quienes conocen la realidad del hogar, las necesidades de sus hijos, sus capacidades económicas, dinámica de convivencia, tiempo disponible, en fin … todos aquellos aspectos personalísimos que inciden en la vida de cada uno de los miembros de esa familia.
Este acuerdo debe ser formalizado ante un Juez para que este una vez verificado lo pueda homologar y tenga fuerza de ley entre las partes.
Pero, como todo en la vida no es perfecto algunas parejas no lo logran, razón por la cual consideramos oportuno compartirle algunas reflexiones desde una óptica legal que le ayuden a comprender el alcance de este tipo de situaciones y la forma correcta de abordarlo porque, indudablemente la parte más sensible son los hijos y éstos no deben verse inmerso en ningún conflicto donde sean parte sus padres.
¿Con cuál de los dos vivirán mis hijos?
En caso de que se da por terminada la relación de pareja (estén casados o no) y sea inminente la separación el primer asunto a definir es con cual de los dos progenitores residirán los hijos.
Tenga presente que el proceso de divorcio no define la custodia… ¿No? Pues no, este es un asunto completamente aparte. Aún así, aunque legalmente son procesos distintos, al momento de ser interpuesta la demanda, el juez validará que este aspecto se encuentre si bien no definido por lo menos ventilándose legalmente, es decir, un proceso radicado en algún tribunal próximo a ser resuelto por un Juez. Esto es así porque cuando hay hijos de por medio su futuro no puede quedar en el aire o al libre arbitrio de sus padres, el juez debe tener certeza que este asunto ha sido atendido.
Dicho esto, iniciamos señalando que la mayoría de las veces los conflictos surgen cuando uno de los progenitores decide quedarse con los niños mientras que el otro abandona el hogar (voluntaria o involuntariamente).
La vía legal correcta para dilucidar jurídicamente todo lo relativo a la custodia de los hijos se denomina Proceso de Guarda, Crianza y Educación, que es un proceso donde las partes concurren ante un Juez a fin de que se decida quién quedará bajo el cuidado integral de los menores hasta que éstos cumplan la mayoría de edad.
Los procesos normalmente toman un poco de tiempo por lo que mientras esto se resuelve, se recomienda evitar cualquier escenario polémico frente a sus hijos, así como tampoco inmiscuirlos en dicha controversia legal. Tome en cuenta que si usted sufre sus hijos también, por esta razón ellos no deben jugar el rol de amigo, consejero, confidente o testigo en contra de alguno de sus progenitores, ya que esto lejos de colaborar a la solución del problema lo que puede fomentar es la aparición de marcas permanentes en la relación paterno filial, hecho potencialmente nocivo en la salud mental de cualquier individuo en proceso de desarrollo o crecimiento.
Si nos separamos… ¿Cómo y cuándo podré verlos?
Es importante que usted comprenda que los derechos para el padre y la madre son exactamente los mismos cuando de ver e interactuar con sus hijos se refiere. Decimos esto, porque en algunas ocasiones, alguno de los dos progenitores equivocadamente se toma la atribución de decidir cuándo, cómo y en qué momento el otro puede interactuar o no con sus hijos.
Incluso se comete el error de condicionar esto al pago de la cuota de alimentos cuando la realidad es que son procesos y conceptos que no se condicionan entre sí. Es importante que usted comprenda que el relacionarse con sus padres también es un derecho del niño. Por esa razón, bajo ningún concepto se puede condicionar que se perfeccione esta relación a cualquier otro aspecto. Esto es una arbitrariedad y además una forma de maltrato para sus propios hijos. Como en todo caso se dan excepciones las cuales básicamente se traducen en demostrar que la interacción con alguno de los padres puede representar un riesgo para el menor, pero esto debe ser debidamente acreditado, es decir que no basta solo con decirlo, hay que demostrarlo.
Tenga presente que la ruptura dela unidad familiar afecta a todos los integrantes de la familia, pero mucho más a los hijos ya que estos resienten la ausencia de alguno de sus padres.
Si usted está confrontando inconvenientes para poder ver a sus hijos o simplemente no le permiten verlos usted puede interponer un proceso de Reglamentación de Visitas, de manera que sea el Juez quien intervenga y restablezca a través de la fuerza de la Ley esta situación.
¿Quién asumirá los gastos?
La obligación de suministrar a los hijos todo lo necesario para vivir (pensión alimenticia) corresponde a ambos padres, atendiendo la capacidad económica de cada uno. Si los hijos residen con uno de los progenitores igual ambos deben hacerse responsables.
De surgir controversia en este aspecto evite polemizar frente a sus hijos y mucho menos hacerles partícipe de asuntos de índole económico que sólo le corresponde a los adultos.
Para atender este tipo de situaciones existe el Proceso de Alimentos (Pensión Alimenticia) el cual es ventilado ante los Jueces Municipales de Familia correspondiente al área donde vive el menor.
Como usted ha podido observar existen mecanismos legales establecidos para mantener a los hijos fuera de alcance a cualquier conflicto entre sus padres. La relación entre padres e hijos debe procurar mantenerse intacta y lejana a cualquier controversia que pueda afectar la seguridad física y emocional de los hijos dentro de dicha estructura familiar.
Abogada litigante con vasta experiencia profesional cuyas áreas de ejercicio profesional se concentran en el Derecho Penal, Derecho de Familia y Migratorio Laboral. Fue la persona responsable de velar por el cumplimiento de normas labores dentro del Programa de Ampliación del Canal de Panamá mediante el Tercer Juego de Esclusas. Cuenta además con una Licenciatura en Administración de Empresas y Gerencia de Ventas.
Vía Transístmica,
Edison Corporate Center,
Torre A Piso 9 Oficina 9B,
Ciudad de Panamá,
Panamá