El pasado 29 de marzo de 2019 mediante Gaceta Oficial No. 2087 -A fue promulgada la Ley No. 81 del 26 de marzo de 2019 Sobre Protección de los Datos Personales. Es la primera vez que en nuestro país se legisla en torno a proteger la privacidad de los datos personales de los ciudadanos, esto es, en término más sencillos, establecer legalmente la obligatoriedad de cualquier persona (natural o jurídica) que maneje nuestra información personal a de ceñirse o limitarse a utilizarlos de acuerdo a una serie de reglas establecidas por Ley.
Tenga presente que ahora la recopilación, uso y almacenamientos de datos personales se regirá por 9 principios:
La nueva Ley sobre Protección de Datos Personales establece la obligatoriedad de aquellas personas que mantienen en su poder bases de datos en el República de Panamá (con información personal de nacionales o extranjeros) entre otras cosas a mantener un domicilio en el país.
Es importante que usted conozca que a partir de la entrada en vigencia de esta Ley se crea el Consejo de Protección de Datos Personales, que actúa como un ente consultivo, el cual estará conformado por 9 representantes de distintos actores sociales. Esta unidad actuará como asesor o evaluador de los casos que producto de la infracción de dicha ley se le presenten.
Finalmente, las sanciones por las infracciones a la nueva Ley sobre Protección de los Datos Personales serán aplicadas por la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información a través de una Dirección creada para tal fin. Las sanciones pecuniarias por la infracción de esta nueva disposición legal oscilan entre los B/.1,000 a B/. 10,000 balboas, multa que incluso podrá ser remitida a la Dirección General de Ingresos de no pagarse en el tiempo estipulado.
Además de las sanciones de carácter económico la Ley establece la aplicación de sanciones más graves, que incluso pueden llegar hasta la suspensión e inhabilitación de la actividad de almacenamiento o tratamiento de datos personales, esto sin perjuicio de la obligación del infractor a indemnizar por daño patrimonial o moral a la persona que resulte afectada.
Si sus datos personales ya se encuentran bajo la custodia de terceros no se preocupe, sepa que las bases de datos creadas con anterioridad a la entrada en vigencia de esta Ley también se encuentran regulados por esta nueva disposición legal.
Abogada litigante con vasta experiencia profesional cuyas áreas de ejercicio profesional se concentran en el Derecho Penal, Derecho de Familia y Migratorio Laboral. Fue la persona responsable de velar por el cumplimiento de normas labores dentro del Programa de Ampliación del Canal de Panamá mediante el Tercer Juego de Esclusas. Cuenta además con una Licenciatura en Administración de Empresas y Gerencia de Ventas.
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